viernes, 12 de abril de 2013

GUATEMALA[ BOLETIN DÍA 15 "EL GENOCIDIO NO PUEDE TENER AMNISTIA"


“EL GENOCIDIO NO SE PUEDE PERDONAR…
NO SE PUEDE CONCEDER UNA AMNISTÍA”
Así lo refirió el abogado Ramón Cadena, en su peritaje titulado: “Graves violaciones a la población civil de la región  Ixil, de marzo de 82 a octubre de 83”, el cual  fue presentado hoy en el quinceavo día del juicio por genocidio contra Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez  Sánchez.

El perito se refirió a los vejámenes  a que fue sometida esta población durante dicho período, ya que según el derecho internacional humanitario y la Convención de Ginebra, en conflictos armados los ataques deberían ser hacia un  objetivo militar, nunca  hacia población civil, mucho menos destruir sus viviendas y bienes.  Asimismo, en las fechas referidas, el Ejército de Guatemala rechazó en todo momento la intervención de un ente intermediario neutral como el Comité Internacional de la Cruz Roja y se negó a recibir a representantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El experto afirma que durante este período, el estado de Guatemala incumplió con  garantizar la protección a la población civil no combatiente, violentando totalmente los principios universales del derecho internacional humanitario que en situaciones como esta, establecen sobre todo la protección de la vida de mujeres, niñez y ancianos.

Cadena, en sus conclusiones afirma que la responsabilidad  del jefe de Estado durante el conflicto armado por la ejecución de crímenes de lesa humanidad fue inminente por varios elementos “el superior jerárquico tenía conocimiento es principio universal, hay responsabilidad de mandos superiores” esto confirma que  hacer caso omiso y no evitarlo incurre en un grave delito.  El experto también enlistó los crímenes que sufrió la población y que coinciden en todos los testimonios, siendo estos matanzas del miembro del grupo, sometimiento a condiciones de existencia que puedan destruir total o parcialmente con el grupo, torturas y tratos inhumanos o degradantes,  desplazamiento forzado y desplazamiento de niñez de un grupo a otro que puedan acabar con su identidad cultural; es decir elementos que constituyen genocidio.

En el ámbito del Derecho Internacional Humanitario, el experto en Derechos Humanos,  destaca que de manera sistemática el Estado de Guatemala negó la existencia del conflicto y por lo tanto hubo una negación a este tratado internacional ratificado por Guatemala.  “La primavera de la Dictadura es el Genocidio” es la frase con la que califica la “Barbarie”cometida contra la población civil.  En el mismo sentido establece que los planes militares de 1982 y 1983 se cometieron operaciones físicas y sicológicas, por ejemplo, “no ha habido ninguna muestra de perdón por parte del sistema de justicia por haber implementado los tribunales de fuero especial que constituyeron una grave violación a los derechos humanos.”

Concluye aduciendo que todas las violaciones a los derechos humanos se pudieron haber evitado junto con la barbarie y el sufrimiento al que fue sometida la población maya Ixil, si el ejército de Guatemala hubiera dejado a la Cruz Roja Internacional hacer su trabajo como corresponde según los tratados internacionales. 

Otro peritaje presentado fue el del analista político y periodista Marco Tulio Álvarez, quien en su informe: “Desplazamiento de la niñez del triángulo Ixil durante 1982 y 1983” destaca que niños y niñas fueron capturados, ejecutados o trasladados forzosamente a otros lugares o bien para ser dados en adopción, en otros casos regalados, ó llevados para  servidumbre de patrulleros de autodefensa civil o de los soldados.  Acciones que fueron realizadas por considerar a la niñez semilla del comunismo, para beneficiarse utilizándolos como botín de guerra, o que crecieran en una cultura diferente.            
                                                                                                                                                
Según el perito, en un informe periódico que aparece en el plan de Operaciones Sofía, relata: ”Hombre Punta eliminó a una mujer y dos chocolates  y tres fueron recuperados y llevados por  águila” acción confirmada por Jacinto, testigo que relató, la hace algunos días ante el Tribunal, que en 1982 cuando era un niño debido al  ataque del ejército, huyó con su madre quien murió y que a él y a sus hermanitos los capturaron los soldados trasladándolo en helicóptero a otro lugar para luego ser dejarlos con unas monjas donde los otros niños hablan español y él ixil.

El perito explicó las consecuencias graves para la cultura e identidad de los niños que fueron capturados y trasladados a otras familias durante el conflicto, debido a que éstos perdieron todo vínculo con su cosmovisión, destruyéndose el tejido social y dejando daños irreparables para los niños/as, para sus familias, para la comunidad y para el pueblo ixil. El experto concluyó “la niñez es un hilo de continuidad de la cultura.”

LA AUDIENCIA CONTINUA MAÑANA A LAS 8.30 HORAS. 

Guatemala, 11 de abril de 2013 
Asociación para la Justicia y Reconciliación –AJR
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos – CALDH

No hay comentarios :

Publicar un comentario